El abandono del trabajo y la baja voluntaria: diferencias y consecuencias para el trabajador

Abandono del trabajo y baja voluntaria

El abandono del trabajo, llamado también dimisión tácita, es una forma de extinción del contrato de trabajo por voluntad del trabajador. Sin embargo, no es una figura contemplada en el Estatuto de los Trabajadores. De tal manera, el empleador debe deducir, de acuerdo a las actitudes del empleado, que se ha realizado un abandono del puesto de trabajo.

No solo no da lugar a indemnización, ya que puede ser considerado causa de despido disciplinario, sino que en algunos casos puede obligar a indemnizar al empleador.

No se debe confundir con la baja voluntaria, la cual sí está contemplada en el Estatuto, pero que debe cumplir ciertos requisitos.

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Condiciones de abandono del puesto de trabajo

En primer lugar, se debe decir que ningún trabajador está obligado a permanecer en su puesto de trabajo. Por lo tanto, el trabajador tiene el derecho de dar por extinguida la relación laboral en cualquier momento.

Sin embargo, se deben cumplir ciertas formalidades y requisitos. Si estos están ausentes, se considera abandono del puesto de trabajo.

Por lo tanto, se considera que existe abandono del puesto de trabajo cuando:

  • El trabajador deja de concurrir al trabajo sin causa justificada y sin mediar preaviso al empleador.
  • Es un acto de libre voluntad del trabajador, es decir, que no deben existir vicios que invaliden el consentimiento.
  • La ausencia debe ser prolongada. Normalmente, después de tres días de inasistencia injustificada, el empleador puede comenzar a suponer un abandono del puesto de trabajo, por lo que debe advertir la situación al trabajador mediante una comunicación fehaciente.
  • El trabajador no reingresa tras un período de suspensión o disfrute de un permiso.
  • En el caso de trabajadores fijos discontinuos, no se incorpora al inicio de la temporada.
  • El trabajador se toma las vacaciones anuales o excedencia voluntaria sin autorización empresarial.
  • En el caso de pacto de permanencia en la empresa, cuyo plazo no puede ser superior a dos años, abandono del trabajo antes del lapso establecido.

Características del abandono del puesto de trabajo

  1. Debe ser un acto libre del trabajador, vinculante e irrevocable. Solo puede retractarse con el consentimiento de la empresa. Este punto es muy importante, ya que el Estatuto del Trabajador contempla algunos casos específicos de abandono del trabajo. Por ejemplo, la trabajadora que se vea obligada a abandonar definitivamente su puesto de trabajo como consecuencia de ser víctima de violencia de género.
  2. Puede ser considerado causal de despido por incumplimiento de sus obligaciones.
  3. No se considera finalizado de inmediato el contrato laboral sino hasta que se compruebe el abandono. Excepto el caso de la trabajadora que se vea obligada a abandonar definitivamente su puesto de trabajo por ser víctima de violencia de género.
  4. Da lugar al cobro del finiquito cuando finalice el contrato laboral.

Características de la dimisión voluntaria

Es una de las formas de extinción del contrato de trabajo previstas en el Estatuto de los Trabajadores. Está prevista en el artículo 49 inciso d.

1. El contrato de trabajo se extinguirá:

(...)

d) Por dimisión del trabajador, debiendo mediar el preaviso que señalen los convenios colectivos o la costumbre del lugar.

(...)

Artículo 49.1 del Estatuto de los Trabajadores

Para que exista dimisión o baja voluntaria, se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Mediar el preaviso que establezcan los convenios colectivos, normas reguladoras de relaciones especiales de trabajo o la costumbre del lugar.  La jurisprudencia establece un plazo de 15 días, de acuerdo a lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores para la denuncia de los contratos de duración determinada. La comunicación puede ser verbal o escrita.
  • Ser un acto libre, es decir, que no debe mediar ningún vicio del consentimiento.
  • Es irrevocable, y solo puede retractarse el trabajador con el consentimiento de la empresa. Sin embargo, existe el derecho de retracto, siempre que se produzca antes de la fecha establecida para finalizar la relación laboral.
  • Se considera finalizado de inmediato el contrato laboral.
  • Da lugar a la liquidación por finiquito.

Diferencias y similitudes entre abandono del trabajo y dimisión voluntaria

De acuerdo a lo que acabamos de ver, ya podemos establecer las principales diferencias entre el abandono del trabajo y la baja voluntaria:

  1. Regulación legal: no existe para el abandono, sí para la dimisión.
  2. Finalización del contrato: el abandono no lo finaliza de inmediato, la dimisión voluntaria sí.
  3. Sanción disciplinaria: el abandono puede dar lugar al despido por incumplimiento de las obligaciones laborales e incluso la indemnización al empleador. En cambio, la dimisión no tiene ningún efecto disciplinario.

Por su parte, comparten las siguientes similitudes:

  • Ambos implican la desvinculación del trabajador con la empresa.
  • No necesitan justificación.
  • Los dos son actos de libre voluntad del trabajador.
  • Ambos son irrevocables, y solo pueden revertirse con el consentimiento del empleador.
  • Dan lugar al cobro de finiquito, aunque en diferentes momentos.
  • No dan lugar a la prestación por desempleo.

Consecuencias del abandono del puesto de trabajo

El abandono del puesto de trabajo puede dar lugar al despido disciplinario por ausencias injustificadas, tal como lo establece el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores.

1. El contrato de trabajo podrá extinguirse por decisión del empresario, mediante despido basado en un incumplimiento grave y culpable del trabajador.

2. Se considerarán incumplimientos contractuales:

a) Las faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad al trabajo.

(...)

Artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores

Si el trabajador está bajo un pacto de permanencia y hace abandono del puesto de trabajo antes del plazo fijado, el empresario tendrá derecho a una indemnización por daños y perjuicios. Esto está regulado por el artículo 21 inciso 4 del Estatuto de los Trabajadores.

4. Cuando el trabajador haya recibido una especialización profesional con cargo al empresario para poner en marcha proyectos determinados o realizar un trabajo específico, podrá pactarse entre ambos la permanencia en dicha empresa durante cierto tiempo. El acuerdo no será de duración superior a dos años y se formalizará siempre por escrito. Si el trabajador abandona el trabajo antes del plazo, el empresario tendrá derecho a una indemnización de daños y perjuicios.

Artículo 21.4 del Estatuto de los Trabajadores

Se deben tener en cuenta los casos de abandono del puesto de trabajo mencionados en el Estatuto, ya que éstos tienen otras consecuencias para el trabajador.

Artículo 40, sobre el derecho a la movilidad geográfica:

  • Los trabajadores que tengan la consideración de víctimas de violencia de género o de terrorismo y que por este motivo se vean obligados a abandonar su puesto de trabajo, tienen derecho preferente a ocupar otro puesto, del mismo grupo profesional o categoría equivalente, que la empresa tenga vacante en cualquier otro de sus centros de trabajo.

Artículo 45, sobre el derecho a la suspensión del contrato laboral con reserva del puesto de trabajo:

  • Es el mismo caso de la trabajadora que se ve obligada a abandonar su puesto de trabajo por ser víctima de violencia de género. La suspensión exonera de las obligaciones recíprocas de concurrir al trabajo y pagar la remuneración. Ésta puede ser con reserva del puesto de trabajo por una duración inicial de seis meses, prorrogables por el juez por períodos de tres meses hasta un máximo de dieciocho.
Laura Palma Carpio
Laura Palma Carpio, abogada laboralista

Socia fundadora de Civic Abogados, abogada especialista en derecho laboral y miembro del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (nº 71.252).

Más de 20 años de experiencia en el ejercicio de la abogacía, con dedicación exclusiva al derecho laboral y a la defensa de derechos de los trabajadores.

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