¿Puede negarse la empresa a pagar el bonus o complemento variable?

¿Puede negarse la empresa a pagar el bonus o complemento variable?

Cuando las empresas contemplan un bonus o complemento variable para recompensar a los trabajadores por su productividad, suelen surgir dudas sobre si aquellas tienen realmente la obligación de pagar estas cantidades. En este artículo vamos a dar una respuesta completa a esta duda.

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¿Se puede negar la empresa a pagar el bonus o complemento variable?

La empresa no está obligada a establecer el bonus o complemento variable, a menos que este derecho venga recogido en el convenio colectivo aplicable al sector.

Ahora bien, aunque no sea este último el caso, una vez que la empresa decide contemplar este derecho, no puede negarse a pagar el bonus si el trabajador ha alcanzado los objetivos que se fijaron para su concesión.

Por otra parte, es fundamental que el trabajador conozca de forma clara cuáles son los objetivos a los que debe llegar para poder cobrar el bonus.

Es decir, la empresa no puede en ningún caso decidir si paga o no el complemento variable según ciertos parámetros una vez que conoce los resultados económicos, porque en ese caso estaría incumpliendo lo establecido en el artículo 1256 del Código Civil, según el cual, la validez y el cumplimiento de los contratos no se pueden dejar al arbitrio de uno de los contratantes.

Así pues, si la empresa no ha informado suficientemente bien a los trabajadores sobre las condiciones para cobrar el complemento variable, esta circunstancia no podrá perjudicarlos. Lejos de esto, solo podrá ir en su beneficio, teniendo derecho a cobrar el bonus.

¿Qué puede hacer el trabajador para reclamar el bonus?

Si el trabajador tiene derecho a cobrar el bonus y la empresa se niega a pagárselo, puede iniciar un procedimiento ordinario de reclamación de cantidad.

Para ello es necesario intentar llegar a un acuerdo primero, presentando la correspondiente papeleta de conciliación. Si no es posible resolver el conflicto de esta forma, el siguiente paso es presentar la demanda ante el juzgado.

Hay que prestar atención al plazo, porque el trabajador dispone de un año para reclamar el bonus, desde el momento en que se genera el derecho a cobrarlo. Pasado este tiempo, no tendrá tiempo a reclamar esta cantidad.

En caso de despido o baja voluntaria, ¿puede el trabajador reclamar el bonus?

Esto irá en función de las circunstancias del caso. Como hemos visto, si las condiciones para cobrar el bonus no están claras, el trabajador que es despedido o se da de baja voluntariamente tiene derecho a que se le abone su pago.

En cambio, si los requisitos para acceder al complemento variable sí estaban claros, pero el trabajador no los ha reunido, como es lógico no podrá reclamar el cobro del bonus simplemente porque no tendrá derecho al mismo.

Más información en nuestro otro post: ¿Se puede reclamar el bonus en caso de despido?

¿La empresa puede eliminar el bonus?

, la empresa tiene la posibilidad de eliminar el bonus o complemento variable, pero no en cualquier caso.

El artículo 41.1 del Estatuto de los Trabajadores establece que la dirección de la empresa puede acordar modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo, si existen probadas razones económicas, técnicas, de organización o de producción. Y que se consideran como tales las que están relacionadas con la competitividad, productividad u organización técnica o del trabajo en la empresa.

Es decir, la empresa puede decidir dejar de pagar el complemento variable, pero tiene que existir una causa justificada para ello. No obstante, hay que tener en cuenta que la modificación sustancial de las condiciones de trabajo no puede tener carácter retroactivo en ningún caso.

Esto último quiere decir que el plus que se tenga que abonar en un determinado año por los resultados del año anterior, no se puede eliminar por causas sobrevenidas en el año actual. En cambio, sí se podrá suprimir el complemento de dicho año.

¿Qué puede hacer el trabajador si no está de acuerdo con que se elimine el bonus?

El trabajador puede impugnar la decisión de la empresa de quitar los incentivos de la nómina. Para ello, tiene un plazo de 20 días hábiles desde el momento en que la empresa le notifique la medida. En sede judicial, esta tendrá que demostrar que existe una causa justificada para eliminar el bonus.

Se puede acudir directamente a la vía judicial sin que sea necesario presentar de forma previa papeleta de conciliación. El procedimiento seguido será el que establece el artículo 138 de la Ley reguladora de la jurisdicción social.

Laura Palma Carpio
Laura Palma Carpio, abogada laboralista

Socia fundadora de Civic Abogados, abogada especialista en derecho laboral y miembro del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (nº 71.252).

Más de 20 años de experiencia en el ejercicio de la abogacía, con dedicación exclusiva al derecho laboral y a la defensa de derechos de los trabajadores.

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