Derechos de los trabajadores afectados por un ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo)

Derechos de los trabajadores afectados por un ERTE

El ERTE es una situación de suspensión temporal del empleo o de reducción de jornada motivada por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, o bien derivadas de fuerza mayor, en la que los trabajadores no se desvinculan de la empresa.

Durante el periodo en que los trabajadores permanecen en ERTE, siguen percibiendo ingresos y mantienen los derechos que vamos a ver en este artículo.

Podemos ayudarle

En Civic Abogados somos abogados especialistas en derecho laboral en Madrid. Si necesita un despacho laboralista con amplia experiencia, contacte con nosotros. Le ayudaremos.

Contacte con nosotros

¿En qué consiste un ERTE?

El ERTE o expediente de regulación temporal de empleo está previsto en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores desde su redacción original, si bien fue a raíz de la pandemia provocada por la crisis del coronavirus cuando cobró más protagonismo, momento en que el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo le dio la redacción actual.

De acuerdo con el artículo, el ERTE supone una situación de reducción temporal de la jornada o suspensión temporal del contrato de trabajo por causas ETOP (económicas, técnicas, organizativas o de producción), o por fuerza mayor, donde cesan las obligaciones respectivas de trabajador y empresa de prestar sus servicios y pagar el salario, pero durante la cual se mantienen los derechos del trabajador derivados de la relación laboral, ya que esta no se extingue.

Todas las causas contempladas por las que se puede motivar un ERTE prevén una situación en la que la empresa obtiene resultados negativos durante cierto tiempo, y se ve obligada a recurrir al ERTE como medida de emergencia para salvar los contratos de trabajo.

El ERTE no puede ser aprobado libremente por la empresa, sino que debe serlo como resultado de un procedimiento regulado en la ley, en el que son oídos los representantes de los trabajadores y por el que se obtiene la aprobación de la autoridad laboral. 

La situación de ERTE durará el tiempo que sea necesario, mientras no se recupere una relativa normalidad en la producción de la empresa, pudiéndose solicitar prórrogas de la duración inicial, que deberán ser justificadas.

¿Cuál es la situación del trabajador en ERTE?

Durante el ERTE, tanto si ve reducida su jornada laboral como si el contrato se suspende, continúa la vinculación del trabajador con la empresa y no se encuentra desempleado. Sin embargo, no recibe el salario de la empresa, sino del servicio público de empleo, en forma de prestación por desempleo, bien en su totalidad, bien en parte para completar el salario que abona la empresa, si el ERTE solo ha supuesto una reducción de jornada.

Por otro lado, el trabajador debe estar disponible para reincorporarse a la empresa cuando sea convocado por esta, lo que se hará en el orden en que aconsejen las necesidades de la actividad.

Además, durante el periodo de suspensión o de reducción de jornada, el trabajador conserva los derechos que tenía frente a la empresa antes del ERTE.

¿Qué derechos tienen los trabajadores afectados por un ERTE?

Como hemos visto, el ERTE no implica un despido, como sí ocurre a consecuencia del ERE (expediente de regulación de empleo), ya que el ERTE es una situación temporal, y el vínculo con la empresa continúa. 

Ello implica que el trabajador conserve los siguientes derechos: 

Cobro del desempleo

Durante el tiempo de suspensión por ERTE, el trabajador cobrará la prestación por desempleo, pero ese cobro no reducirá sus derechos acumulados a la prestación de desempleo, que seguirán intactos mientras no se extinga la relación laboral.

Es decir, cobra desempleo, pero ese cobro no reduce sus derechos adquiridos para una ulterior situación de desempleo efectivo. Si el ERTE supone una reducción de jornada, cobrará el desempleo en la parte necesaria para compensar la reducción que ha sufrido su salario.

El trabajador tendrá derecho a cobrar el desempleo durante el tiempo que permanezca en ERTE, aunque no haya cotizado el tiempo suficiente para tener derecho a la prestación por desempleo. En caso de ser así, cobrará el subsidio de desempleo.

Alta en la Seguridad Social

El trabajador continúa dado de alta en la Seguridad Social, tanto si su contrato se ha suspendido como si ha sufrido una reducción de jornada, con las ventajas que esto supone de cara a una posible contingencia, como puede ser una enfermedad.

De ese modo, si durante el periodo de ERTE el trabajador comienza una situación de incapacidad temporal, estaría cubierto por las prestaciones de la Seguridad Social.

Respeto de las situaciones de baja o incapacidad

El trabajador que, al tiempo de producirse la causa que motiva el ERTE, se encontrara en situación de incapacidad temporal o de baja por maternidad o paternidad, no verá alterada su situación hasta que termine el periodo de incapacidad o baja, cobrando la prestación que corresponda a la baja mientras esta dure.

Compatibilidad con otra actividad

La relación laboral con la empresa no se extingue, pero el trabajador se encuentra en un estado especial como de latencia laboral, durante el que puede realizar otra actividad por cuenta ajena o propia, si lo desea. En ese caso, se suspende el pago de la prestación por desempleo mientras realice esa otra actividad. Si la nueva actividad solo se realiza a tiempo parcial, se reducirá la prestación por desempleo proporcionalmente.

Respeto del disfrute de las vacaciones

El trabajador no podrá ser obligado a disfrutar sus vacaciones durante el periodo de suspensión, y podrá demandar a la empresa si le fuerza a hacerlo.

Conservación de los derechos laborales

Además de todo lo expuesto, dado que el trabajador continúa vinculado a la empresa, se mantienen sus derechos frente a aspectos tales como vacaciones generadas y no disfrutadas, antigüedad en la empresa o categoría profesional

También tiene derecho a participar en actividades formativas de la empresa o proporcionadas por el servicio público de empleo durante el tiempo que dure la suspensión de su contrato.

Reincorporación a la empresa

El trabajador tiene el derecho, pero también el deber, de reincorporarse a la empresa cuando sea convocado para ello. Además, durante el tiempo que permanezca en situación de ERTE, deberá estar a disposición de la empresa, manteniendo una comunicación fluida con ella e indicando cualquier cambio que pueda producirse en sus circunstancias personales o datos de contacto.

Laura Palma Carpio
Laura Palma Carpio, abogada laboralista

Socia fundadora de Civic Abogados, abogada especialista en derecho laboral y miembro del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (nº 71.252).

Más de 20 años de experiencia en el ejercicio de la abogacía, con dedicación exclusiva al derecho laboral y a la defensa de derechos de los trabajadores.

Contacte conmigo

Concertar cita
Puede llamarnos al 663 14 48 32 o rellenar nuestro formulario de contacto para que nos pongamos en contacto con usted.
¿Por qué debería escogernos?
Especialistas en Laboral
Amplia experiencia
Atención personalizada
Presupuesto cerrado
¿Dónde encontrarnos?
Plaza de España nº 9, Escalera Derecha, 7º Izq. 28008 Madrid, Comunidad de Madrid 663 14 48 32 contacto@civicabogados.com