¿Qué indemnización corresponde al finalizar el contrato temporal?

Indemnización al finalizar el contrato temporal

Cuando un contrato finaliza, el trabajador tiene derecho a una indemnización. Pero, ¿y en caso de haber celebrado un contrato temporal? ¿Cuánto se puede cobrar una vez que este termina? Explicamos cuál es la indemnización correspondiente al finalizar el contrato temporal.

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¿Cuál es la indemnización prevista al terminar el contrato temporal?

La indemnización que debe cobrar el trabajador es de 12 días de salario por cada año de servicio, según lo dispuesto en el artículo 49.1.c) del Estatuto de los Trabajadores.

1. El contrato de trabajo se extinguirá:

(...)

c) Por expiración del tiempo convenido. A la finalización del contrato, excepto en los contratos formativos y el contrato de duración determinada por causa de sustitución, la persona trabajadora tendrá derecho a recibir una indemnización de cuantía equivalente a la parte proporcional de la cantidad que resultaría de abonar doce días de salario por cada año de servicio, o la establecida, en su caso, en la normativa específica que sea de aplicación.

Los contratos de duración determinada que tengan establecido plazo máximo de duración, incluidos los contratos formativos, concertados por una duración inferior a la máxima legalmente establecida, se entenderán prorrogados automáticamente hasta dicho plazo cuando no medie denuncia o prórroga expresa y el trabajador continúe prestando servicios.

Expirada dicha duración máxima, si no hubiera denuncia y se continuara en la prestación laboral, el contrato se considerará prorrogado tácitamente por tiempo indefinido, salvo prueba en contrario que acredite la naturaleza temporal de la prestación.

Si el contrato de trabajo de duración determinada es superior a un año, la parte del contrato que formule la denuncia está obligada a notificar a la otra la terminación del mismo con una antelación mínima de quince días.

Artículo 49.1.c) del Estatuto de los Trabajadores

Así por ejemplo, si el trabajador ha estado trabajando para una empresa durante un año entero, y su salario era de 52 euros al día, tendrá derecho a una indemnización de 624 euros al terminar el contrato temporal.

¿Es necesario trabajar un año entero para tener derecho a indemnización tras el contrato temporal?

No, no hace falta trabajar un año completo para tener derecho a cobrar indemnización una vez que finaliza el contrato.

Entonces, ¿cómo se indemnizan los periodos inferiores al año?

Los periodos inferiores al año se indemnizan prorrateando los 12 días de salario entre el tiempo efectivamente trabajado.

Así por ejemplo, si el trabajador ha prestado sus servicios durante el verano, en los meses de julio a septiembre, le corresponderá una indemnización de 3 días de salario al haber trabajado 3 meses.

¿A qué contratos temporales se aplica esta indemnización?

Esta indemnización se aplica a los contratos de duración determinada por circunstancias de la producción, ya que el Estatuto de los Trabajadores excluye los contratos de duración determinada por causa de sustitución. Tampoco corresponde indemnizar en caso de contrato formativo.

Cabe recordar que tras la reforma laboral introducida en 2022, el Estatuto de los Trabajadores contempla solo dos tipos de contratos temporales en su artículo 15.1, que son los contratos de duración determinada por circunstancias de la producción y los contratos de duración determinada por sustitución de persona trabajadora.

Es decir, ya no existen algunos de los antiguos contratos temporales, como los contratos de obra y servicio, que eran de los más utilizados. Hoy en día, todos los contratos son indefinidos desde el primer momento, salvo en los casos excepcionales que contempla la ley.

¿Hay algún caso en el que no haya que pagar indemnización al terminar el contrato temporal?

Sí, ya que la empresa no tendrá obligación de indemnizar al trabajador en los siguientes casos:

En estos casos, el trabajador tendrá derecho a cobrar el finiquito que le corresponda (por ejemplo, por los días de vacaciones no disfrutados). Pero lo que no podrá hacer es exigir una indemnización.

Si el contrato termina por despido por causas ETOP, ¿corresponde la misma indemnización?

Cuando el contrato finalice no por haber transcurrido el tiempo por el cual se concertó, sino por un despido por causas económicas, técnicas, organizativas o productivas, la indemnización será de 20 días de salario por año trabajado.

Esto es debido a que esta es la indemnización prevista para el despido objetivo, que sería este caso. La indemnización de 12 días por año de salario es solo en caso de que el contrato finalice solo por extinción del plazo previsto para su duración.

Laura Palma Carpio
Laura Palma Carpio, abogada laboralista

Socia fundadora de Civic Abogados, abogada especialista en derecho laboral y miembro del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (nº 71.252).

Más de 20 años de experiencia en el ejercicio de la abogacía, con dedicación exclusiva al derecho laboral y a la defensa de derechos de los trabajadores.

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