Liquidación o finiquito: qué es y cómo firmar

Finiquito

En este artículo vamos a explicar qué es la liquidación o finiquito y qué debe tener en cuenta el trabajador a la hora de recibirlo por parte de la empresa y de firmarlo.

En un artículo anterior hablamos del cálculo de la indemnización por despido, ahora vamos a analizar un concepto relacionado: la liquidación o finiquito.

No es lo mismo finiquito que indemnización por despido

Lo primero de todo, es importante no confundir este concepto con la indemnización por despido.

La indemnización por despido es una compensación que se abona al trabajador ante la resolución de su contrato de trabajo por una causa ajena a su voluntad, principalmente en los casos de despido ya sea improcedente o por causas objetivas.

La liquidación o finiquito

Cuando hablamos de la liquidación (o finiquito), nos referimos a un documento que la empresa debe entregar al trabajador en el momento en que finaliza la relación laboral entre ambos, con independencia del motivo de finalización.

El contrato puede extinguirse por baja voluntaria, excedencia (voluntaria o forzosa), finalización de obra o por despido y, en todos los casos el trabajador recibirá una liquidación de haberes.

La firma en este documento le sirve a la empresa para acreditar que el trabajador ha cobrado todas las cantidades que se le adeudan. Por eso es muy importante que el trabajador sepa qué conceptos le corresponden y el importe de cada concepto.

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¿Qué conceptos se incluyen en el finiquito?

El finiquito debe incluir entre sus conceptos:

  • La indemnización por despido, en caso de que proceda.
  • Las vacaciones devengadas y no disfrutadas.
  • La parte proporcional de las pagas extraordinarias, salvo que estén prorrateadas.
  • Cualesquiera otras deudas que mantenga la empresa con el trabajador.

Indemnización por despido

La empresa deberá indemnizar al trabajador en caso de que la relación laboral se extinga por finalización de obra, por despido objetivo o por despido improcedente. El importe variará en función del motivo de extinción.

En todo caso, es crucial que el trabajador conozca las causas que la empresa alega para motivar el despido.

En numerosas ocasiones, la empresa disfraza la realidad con el propósito de abonar una indemnización inferior a la que legalmente le corresponde al trabajador. Uno de los casos más repetidos es la alusión a una finalización de obra o servicio, cuando en realidad se está llevando a cabo un despido improcedente.

Vacaciones devengadas y no disfrutadas

El trabajador tiene derecho a cobrar los días de vacaciones que ha generado y no ha podido disfrutar. Como mínimo, por ley le corresponden al trabajador 30 días de vacaciones, pero es probable que el convenio colectivo aplicable mejore este mínimo.

Pagas extraordinarias

Al trabajador también le corresponde el pago de la parte proporcional de las pagas extraordinarias, siempre y cuando estas pagas no se cobren prorrateadas.

Otras deudas

Además el finiquito debe incluir cualquier otra deuda que la empresa haya generado a favor del trabajador en los últimos 12 meses.

¿Debe el trabajador firmar la liquidación?

El momento en que el trabajador recibe el documento de liquidación por parte de la empresa, en muchas ocasiones junto con la carta de despido, puede llegar a ser muy incómodo y extremadamente tenso. Sin embargo, el trabajador debe tener claro que su comportamiento en ese instante es determinante para poder llevar a cabo cualquier reclamación en el futuro.

Si se firma el documento, las consecuencias pueden llegar a ser muy perjudiciales para el trabajador. Por un lado, la firma supone la prueba de que ha percibido las cantidades que refleja el documento de la liquidación.

Por otro lado, normalmente los documentos de liquidación incluyen apartados como “el trabajador declara extinguida su relación laboral sin que nada tenga que reclamar a la empresa, por ningún concepto”. Estas manifestaciones no tienen un valor absoluto y no liberan a la empresa de cualquier obligación de pago, pero limitan las posibilidades de que prospere una reclamación del trabajador.

Por tanto, ante la mínima duda de lo que refleja el documento de liquidación, es muy importante que el trabajador firme como "no conforme".

El trabajador que haya firmado el documento de finiquito también tendrá derecho a reclamar a la empresa, siempre y cuando la reclamación esté relacionada con derechos irrenunciables o se pueda probar que la firma ha sido a consecuencia de una intimidación o violencia practicada por la empresa.

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